La Corte Constitucional le hizo ayer un llamado al Gobierno Nacional en el sentido de que no le puede poner límites a la atención de los desplazados por la violencia.
La Corte Constitucional, al resolver una acción de tutela, determinó que Acción Social no puede fijar tiempos para la entrega de asistencia de emergencia a los desplazados, ya que esta situación puede resultar lesiva para esta población.
Con ponencia de la magistrada Clara Inés Vargas, la Corte señala que el Estado debe satisfacer las necesidades básicas y promocionar una subsistencia digna a los desplazados.
Sin embargo, el alto tribunal ha señalado que debe revisarse cada caso, ya que si bien el Estado no puede suspender intempestivamente la ayuda, tampoco las personas pueden estar viviendo indefinidamente de esta asistencia.
Como se recordará, un informe del Centro de Control de Desplazamientos Internos, Idmc, reveló en abril pasado que Colombia es el segundo país del mundo en desplazados internos, con casi cuatro millones en el 2007, cifra sólo superada por los 5,8 millones de Sudán, en África. De esos cuatro millones de desterrados, 320.000 fueron nuevas víctimas, según las cifras del Idmc, dependiente de la ONG Consejo Noruego de Refugiados, la organización que supervisa esta situación y que cuenta con el auspicio de la Alta Comisaría de la ONU para los Refugiados, Acnur.
El número de cuatro millones de desplazados se basa en las estimaciones de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento, Codhes. Difiere de los cálculos del Gobierno, que sitúa los desplazados en 2,38 millones en enero del 2008. “Pero el propio Gobierno reconoce que hay un 30% de subregistro”, expresó Arild Birkenes, autor del capítulo latinoamericano del informe.
Dato clave
Colombia fue en el 2007 el único país de América con un creciente problema de desplazamiento interno.
Esta población siguió sufriendo por falta de protección |