Inserte el Logo Superior (664x54 pixeles)
  [ Observatorio Regional ]
Año 1 - Número 11    Junio 2008
[ Página Inicial ]  

 Editorial

La presente edición del boletín destaca la decisión de los jueces de la Corte Penal Internacional (CPI) de liberar a Thomas Lubanga, entre cuyas motivaciones estuvo garantizar el respeto al debido proceso incluso durante el juzgamiento de posibles perpetradores de crímenes internacionales.

 Artículos de Opinión
Profesión: Desplazado
Birmania: Después del ciclón, los militares
Darfur: La escena del crimen se amplifica
Por la libertad de todos
Derechos Humanos-Chad: El dictador no tiene quién lo juzgue
Corte Ad Hoc para "FARC-Política".
Sorpresa en Carimagua
¿Un impecable jaque a las FARC?
Del agujero negro al círculo virtuoso
Sin cesar llegada de refugiados colombianos a Costa Rica
Uganda: Esperanzas de paz se desvanecen
 Publicaciones


Propuestas Internacionales en una Nueva Constitución Política de Bolivia


Otras Publicaciones
 Actividades
Presentación del estudio: 'Propuestas Internacionales en una nueva Constitución Política de Bolivia'. (Presentación) -11/07/2008

 Créditos

 
Comisiión Andina de Juristas


Observatorio Regional
Los jueces de la Corte Penal Internacional decidieron poner en libertad al líder rebelde de la República Democrática del Congo (RDC) Thomas Lubanga

En un comunicado, la Corte Penal Internacional (CPI) ha explicado que la decisión de los jueces no se implementará hasta pasados cinco días porque ese es el plazo de presentación de una posible apelación al fallo.

En el caso de que en ese plazo se recurriera la decisión, el acusado permanecería en prisión hasta que se tramitase el recurso, especifica la nota.

El inicio del juicio a Lubanga, que estaba previsto para el pasado 23 de junio, fue paralizado por falta de garantías de que el proceso fuera justo.

Para los magistrados, la puesta en libertad de Lubanga es la 'consecuencia lógica' derivada de la paralización del juicio, con lo cual han suscrito la postura de la defensa.

Los jueces paralizaron el juicio a Lubanga porque la fiscalía no ha facilitado al acusado determinados documentos confidenciales, con lo cual 'se le han restringido las oportunidades de preparar su defensa' adecuadamente.

Se trata de unos 200 documentos confidenciales con contenidos 'potencialmente exculpatorios' y que podrían ser usados por la defensa para preparar su caso.

Al paralizar el proceso a Lubanga, que es el primer juicio de la CPI, los jueces consideraron que los fiscales han 'interpretado de forma errónea' el artículo 54 (3)(e) del Estatuto de Roma, que es la base del funcionamiento de la CPI.

Según ese artículo la fiscalía puede recibir información de forma confidencial que no será usada en el juicio, con el propósito de utilizarla para obtener nuevas pruebas, pero no cuando el contenido de esos documentos pudieran tener un efecto exculpatorio sobre el acusado.

Fecha: 02/07/2008
Web: www.actualidad.terra.es

El Observatorio Regional es un proyecto realizado por la Comisión Andina de Juristas con el apoyo
del Programa de Seguridad Humana del Gobierno de Canadá

Copyright © 2007 - Derechos reservados a la Comisión Andina de Juristas.